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Fuente: Bolsa de Valores de Lima

Política

Comenta el Director

Interceptación, difusión y penalización

Por Gonzalo Zegarra Mulanovich

24 de Enero de 2012

 

Nadie duda de que hay que proteger a los ciudadanos de que los medios se inmiscuyan y propaguen detalles de su intimidad, pero difícilmente ese fin se logrará con la ley que aprobó el Congreso (y luego observó el presidente Ollanta Humala), que pretende penalizar la difusión (y no sólo la interceptación) de información obtenida indebidamente.

Así como en economía es un error asumir con ligereza que toda falla de mercado amerita una intervención estatal (cuando también existen las fallas del Estado), resulta falaz asumir que cualquier falla en la conducta de la prensa justifica criminalizarla, porque la lógica del Derecho Penal implica ser una última ratio de control social; o sea, un mecanismo al que se recurre cuando ninguna otra opción puede funcionar. ¿Es que acaso sólo metiendo presos a los periodistas y directores que difunden material “chuponeado” cuyo contenido no revele un delito o transgresión de la ley –como pretende el proyecto bajo comentario– se puede evitar que la prensa invada la privacidad de la gente? El mismo objetivo debería alcanzarse, si la judicatura fuera más eficaz, con otros desincentivos específicos a la difusión de material que atañe a la vida privada a través de figuras jurídicas actualmente vigentes en el ámbito civil y penal –aunque yo abogo en lo personal por que se limiten a lo civil (SE 1068)–.

Pero si no mejora la calidad de la justicia, una ley como ésta en realidad no sólo no va a impedir las interceptaciones –cuyo origen está abrumadoramente vinculado al espionaje industrial y no al periodismo de investigación–, sino que además va a convertir a los periodistas en perfectos chivos expiatorios de los “chuponeadores”, que viven entre las sombras de la clandestinidad mientras los hombres de prensa dan la cara abiertamente. Pero además equipara moralmente al periodismo (pues la pena es la misma por interceptar que por difundir) con verdaderos delincuentes que deliberadamente interceptan, registran, analizan, venden información íntima y eventualmente la utilizan para cometer chantajes. En cambio, los periodistas –al menos en el Perú, donde no se ha visto nada parecido al escándalo de NewsCorp, en que la prensa encargó las interceptaciones– se limitan a recibir el material, ponderarlo y tomar una decisión editorial sobre la base de su relevancia pública. Incluso cuando ese juicio de relevancia pueda ser erróneo, y hasta no del todo bienintencionado, no es comparable con la conducta de quienes se dedican al espionaje, pero la ley los iguala.

Lo concreto, pues, es que la difusión de material íntimo ha sido la excepción y no la regla del ejercicio periodístico en el Perú. En el escándalo “Petroaudios”, por ejemplo, toda la prensa (incluyendo Semana Económica) tuvo acceso a información sobre la vida privada de más de un protagonista del affaire, y ningún medio lo publicó. Y eso demuestra que la autorregulación periodística funciona.

El ánimo del Congreso de la República parece ser insistir en la ley en su versión original. Debería reconsiderarlo porque las leyes –con vocación general y abstracta– no deben ser respuestas anecdóticas a decepciones políticas.

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1 comentario

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  • 1 | Rosa Zeta de Pozo (http://analisisdemedios.blogspot.com/) 24 Jan 11:45
    Gonzalo , en la misma línea en que afirmas que no es lo mismo interceptar que difundir , los congresistas deben definir el tema partiendo de principios acorde con la naturaleza de la información y su función social y desde alli analizar conceptos como Información de interés público, Información relevante,
    Información privada de interés público y
    Responsabilidad profesional, que tambien citas, entre muchos conceptos claves de, trabajo informativo.

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SE1310 19-Febrero-2012

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